Justicia argentina suspende temporalmente la reforma laboral que incluyó en DNU

¡Excelentes noticias para los trabajadores argentinos! La justicia del país ha suspendido temporalmente la reforma laboral que el gobierno había incluido en un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) el pasado 29 de diciembre. Los jueces Andrea García Vior y Alejandro Sudera emitieron una medida cautelar que deja sin efecto los cambios en materia laboral, en respuesta a las demandas de la Confederación Nacional del Trabajo (CGT) y del gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela. Los jueces argumentaron que la justificación del gobierno sobre la gravedad económica del país no es suficiente para demostrar la urgencia en implementar los cambios laborales. Esta decisión marca una victoria para los trabajadores y destaca la importancia de los procesos legislativos y judiciales en la democracia del país.
Medida cautelar suspende la reforma laboral
Los jueces dictan medida cautelar
Este miércoles, los jueces Andrea García Vior y Alejandro Sudera dictaron una medida cautelar que dejó sin efecto los cambios en materia laboral que habían entrado en vigencia el 29 de diciembre. María Dora González, en tanto, votó en disidencia.
Confederación Nacional del Trabajo lleva a cabo una movilización
La semana pasada, la Confederación Nacional del Trabajo (CGT), de inspiración peronista, llevó a cabo una movilización contra el DNU y además solicitó al Poder Judicial que frenara los cambios laborales que el Gobierno quería imponer por decreto.
Gobernador de La Rioja pide inconstitucionalidad del decreto
En el fallo de este martes, González y Sudera consideraron que, debido a las particularidades del caso, “lo traído a consideración amerita la apertura de la habilitación de la feria judicial solicitada” por la central obrera. Además, el gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, pidió a la Corte Suprema que declare inconstitucional el decreto.
Fundamentación del fallo
Los jueces afirmaron que la extensa fundamentación del Poder Ejecutivo sobre la gravedad de la situación económica del país resulta insuficiente para demostrar la urgencia en implementar cambios estructurales en las leyes laborales. Además, señalaron que el Jefe de Estado podría haber convocado a sesiones extraordinarias en el Congreso de la Nación si consideraba prioritario el tratamiento de la reforma laboral.
Cambios propuestos en la reforma laboral
La medida cautelar suspendió los cambios propuestos en la reforma laboral, que incluían modificaciones en la interpretación de las normas, contratación, jornada laboral, indemnizaciones y actividad sindical.
Opiniones de los jueces
En su fallo, el juez Sudera citó a la Corte Suprema y remarcó las funciones del Congreso, el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial. Según Sudera, el Congreso Nacional “tiene la función legislativa, el Poder Ejecutivo dispone del reglamento y el Poder Judicial dicta sentencias”. Además, señaló que las formas republicanas no son solo una retórica, sino que son esenciales para el funcionamiento del sistema.
Disidencia frente al fallo
La jueza González, en su disidencia, sostuvo que el caso debía enviarse a la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal para que decidiera si era competente ese fuero o el laboral. También se decidió suspender la aplicabilidad del decreto en cuestión hasta que se dicte sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo.
Fecha de entrada en vigencia de la reforma
El decreto de reforma laboral fue firmado por Milei el 27 de diciembre pasado y su vigencia operaba a partir del día 30 de ese mes. Sin embargo, de forma transitoria la Justicia frenó las reformas planteadas por el nuevo gobierno.
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En conclusión, la medida cautelar dictada por los jueces suspende temporalmente la reforma laboral que había sido implementada por decreto. Los jueces fundamentaron su fallo argumentando la falta de urgencia y la necesidad de que los cambios estructurales sean tratados en el Congreso. Sin embargo, hubo una disidencia en el fallo y el caso deberá ser enviado a la Cámara de Apelaciones. Por ahora, la aplicación de las reformas queda suspendida hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo.